Nota informativa subvención cuidados hijo

El pasado 18 de octubre se publicó en BOCyL la Orden FAM/960/2019 aprueba las bases que han de regir todas las convocatorias que se realicen para cubrir los gastos de los pequeños en las guarderías.

Pero la primera convocatoria, para financiar los gastos de 2019, se publicará a principios de 2020.Por ese motivo, la solicitud no está disponible aún.

Podrán solicitar la subvención en el plazo que se indique en la convocatoria los progenitores, personas tutoras o acogedoras que cumplan los siguientes requisitos:

a) Estar empadronados en algún municipio de Castilla y León.

b) Tener a su cargo a menores de cuatro años en centros infantiles inscritos en el Registro de Centros para la conciliación de la vida familiar y laboral en Castilla y León en el período de referencia de cada convocatoria.

c) Realizar una actividad por cuenta propia o ajena por la cual estén dados de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o Mutualidad.

d) Cumplir, en su caso, el nivel de renta de la unidad familiar que no supere el límite establecido en la correspondiente convocatoria para el periodo de referencia.

La cuantía máxima de la subvención a conceder será de 1.000 euros por cada hijo menor de cuatro años que haya asistido durante 2019 a centros infantiles inscritos en el Registro de Centros para la conciliación de la vida familiar y laboral de Castilla y León.

La subvención no podrá superar el coste total de los gastos que los centros declararán ante la Agencia Tributaria, en el modelo 233, «Declaración informativa por gastos en guarderías o centros de educación infantil autorizados» en el mes de enero de 2020. Por este motivo, los centros infantiles deberán facilitar a las personas beneficiarias un certificado que contenga los datos incluidos en el modelo 233 citado.

La Gerencia de Servicios Sociales quiere dar un paso más en la utilización de los medios electrónicos, en la simplificación administrativa y en la Administración sin papeles.

Estamos trabajando en una solicitud que podrá ser cumplimentada, firmada y registrada electrónicamente, a través de la web, a la que también se podrá acceder desde el móvil, mediante la utilización del sistema Cl@ve Permanente

Si pulsa aquí, podrá acceder a las “Noticias” de la Consejería de Familia.

Iremos actualizando la información cuando se publique la convocatoria.

Por el momento, es recomendable que los beneficiarios obtengan la Cl@ve Permanente que les permitirá firmar y registrar la solicitud, ya en 2020 con todas las garantías.

Como se indica en esta web https://clave.gob.es/clave_Home/Clave-Permanente/queEs.html , es un sistema de autenticación diseñado para personas que necesitan acceder frecuentemente a los servicios electrónicos de la Administración.

Se basa en el uso de un código de usuario, su DNI o NIE y de una contraseña.

Para obtenerla, es necesario que previamente se haya registrado en el sistema.

Siga los pasos que se le indican en esta dirección de la Seguridad Social:

https://w6.seg-social.es/ProsaInternetAnonimo/OnlineAccess?ARQ.IDAPP=SIUC0001&ARQ.SPM.ACTION=LOGIN&ARQ.SPM.APPTYPE=SERVICE

Y a continuación pinche aquí “¿Cómo puede registrase?”

https://clave.gob.es/clave_Home/registro/Como-puedo-registrarme.html

Recibirá un código de un solo uso en su teléfono móvil que deberá activar a continuación.

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